Hace tiempo ya una amiga activista me comentó una
historia que me sobrecogió: una perrita labradora se había perdido y sus
dueños, durante un largo período de búsqueda, no eran capaces de encontrarla.
Después se enteraron de que la perra había sido atropellada e incinerada. ¿Cómo
se enteraron? Como la perra fue atropellada la policía, al haber sido parte en
un accidente, había tomado nota del chip, pero la empresa encargada de retirar
los residuos de nuestras calles no notificó a los dueños del animal que había
sido atropellado.
Sentí horror, no porque el animal fuera atropellado
(fue un accidente y la vida es así) sino por imaginar a esa pobre gente
buscando con desesperación a su perra cuando la empresa encargada de retirar
residuos de nuestras calles podría haber acabado con el sufrimiento de la
familia si simplemente hubiera notificado el incidente al Registro de Identificación de Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid (RIAC).
Los que no tienen un animal puede que no lo
entiendan, pero cuando pienso que podría perder a mi Cleo y no saber qué ha
sido de ella, si alguien la está cuidando, si está herida o siendo torturada,
no puedo soportarlo. Un animal atropellado y enterrado en una zanja es
probablemente un animal que va a ser esperado por su familia para siempre y eso
es cruel.
Me puse a investigar un poco la normativa vigente tanto
en la Comunidad como en el Ayuntamiento de Madrid, municipio en el que resido,
relativa al protocolo de actuación en la recogida de residuos cuando estos
están compuestos por animales domésticos muertos y descubrí que no existe
obligación de identificar a un animal perdido o abandonado cuando este está
muerto. Esta situación, como compañera de tres animales domésticos, me horroriza
pues supone que los propietarios de animales domésticos estamos sometidos
completamente a los protocolos arbitrarios que las empresas adjudicatarias de
la recogida de esta clase de residuos establecen y, por consiguiente, podríamos
pasar mucho tiempo buscando a un animal perdido que bien podría estar
incinerado o enterrado en una zanja sin que se le haya leído el microchip que,
por otro lado, la Comunidad de Madrid nos obliga a poner a nuestros animales.
Hablando con las empresas adjudicatarias estas te dicen que sí proceden a leer el chip de los animales que aparecen muertos en la vía pública y que sí avisan a los dueños, pero a efectos prácticos esto no ocurre casi nunca y, desde luego, con los gatos jamás.
Hablando con las empresas adjudicatarias estas te dicen que sí proceden a leer el chip de los animales que aparecen muertos en la vía pública y que sí avisan a los dueños, pero a efectos prácticos esto no ocurre casi nunca y, desde luego, con los gatos jamás.
El sentido común dice que imponer en los protocolos
de actuación de las empresas adjudicatarias la identificación obligatoria del
animal (aunque esté muerto), evidentemente si éste está identificado, y, si lo está, notificar el hallazgo del animal muerto en el
Registro de Identificación de Animales de Compañía no supondría un gran
esfuerzo ni de trabajo ni de dinero y además facilitaría la imposición de
multas en el caso de que la pérdida no hubiese sido debidamente denunciada.
Existe un Consejo de Protección y Bienestar Animal en la Comunidad de Madrid, órgano encargado, entre otras cosas, de promover y
estudiar nuevas actuaciones en relación a la protección, defensa, conservación
y bienestar de los animales, y, desde aquí, les pido que promuevan una pequeñísima
modificación en la normativa relativa a la protección de los animales
domésticos en la Comunidad de Madrid para que se lea el microchip a todos los
animales hallados muertos en la vía pública, incluidos los gatos, para poder
notificar a sus dueños que el animal ha muerto.
No hay comentarios:
Publicar un comentario